CONDICIONES GENERALES DE VENTA
“Las presentes condiciones generales de venta serán aplicables a cualquier contrato de venta o entrega entre las partes, salvo que éstas hayan acordado otra cosa por escrito.
Las presentes condiciones de venta sólo podrán ser modificadas por acuerdo escrito entre las partes, por lo que serán inválidas en este sentido las cláusulas o condiciones que figuren, impresas o manuscritas, en los pedidos, cartas u otros documentos emitidos por el Comprador.
Todas las compras futuras de mercancías por parte de Rijk Zwaan Ibérica, S.A. (la parte Vendedora), en ausencia de un acuerdo expreso en sentido contrario, estarán sujetas a los presentes términos y condiciones generales.”
Artº 1.- Requisito para la tramitación de los pedidos.
Las presentes Condiciones Generales de Venta (C.G.V.) serán dirigidas o remitidas a cada Comprador (Cliente) para poder tramitar su pedido. Consecuentemente, el solo hecho de cursar o solicitar un pedido implica la vinculación completa y sin reserva alguna del Comprador a las presentes C.G.V.
Artº 2.- Obligatoriedad de las Condiciones Generales de Venta (C.G.V.).
Las presentes C.G.V. obligarán al Comprador desde el momento en que Rijk Zwaan Ibérica, S.A. le haya confirmado el pedido por escrito ó le haya emitido la factura correspondiente al pedido efectuado.
Artº 3.- Ineficacia parcial de las C.G.V.
La ineficacia (nulidad o anulación) de alguno o algunos artículos de las presentes C.G.V. no afectará a los restantes, conservando las demás condiciones generales su plena vigencia y eficacia.
Artº 4.- De las mercancías.
Por mercancías, hay que entender el material genético de semillas de variedades hortícolas y florales, comprendiéndose también dentro del término mercancía, las semillas tratadas, las plantas y partes de la planta.
Las mercancías sólo pueden ser utilizadas conforme a su destino, la producción y el producto final. Como consecuencia, se prohíbe expresamente cualquier utilización de las mismas con fines multiplicativos. Si las mercancías entregadas se venden a un tercero, el comprador debe imponer esta condición a ese tercero.
Artº 5.- Pedidos.
Los pedidos no se entenderán aceptados por Rijk Zwaan Ibérica, S.A. hasta que no se produzca su confirmación por escrito.
Los pedidos no podrán ser cedidos o vendidos por el Comprador a un tercero sin la autorización expresa de Rijk Zwaan Ibérica.
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. queda liberado de la obligación de expedir o cumplimentar cualquier orden de pedido si no tiene semillas en stock. El comprador de las mercancías no tendrá derecho a exigir, con motivo de esa circunstancia, ninguna clase de responsabilidad por daños y perjuicios.
Artº 6.- Valor mínimo de los pedidos, gastos de su transporte y devolución.
No se aceptarán pedidos cuyo importe sea inferior a 200 €, salvo que tales pedidos se refieran a variedades en promoción o desarrollo.
En todos los pedidos de las variedades relativas a espinacas, judías, remolachas y píldoras en general (por tratarse de mercancía pesada y voluminosa) cuyo importe sea inferior a 300 euros, los envíos se facturarán a portes debidos por el medio de transporte que la empresa juzgue más conveniente para el Cliente o, bien, a través de aquel que éste (el Cliente o Comprador) solicite.
Los pedidos para el resto de variedades cuyo importe sea inferior a 210 €, se enviarán a portes debidos.
Si en el envío queda una parte del pedido pendiente de servir por falta de existencias y si el total del pedido es superior a los límites fijados, el envío será a portes pagados, aunque la semilla enviada no supere los referidos límites.
Si un Cliente devuelve un pedido enviado a portes debidos, deberá hacer efectivo anticipado el importe de los gastos de devolución generados, como condición previa a un nuevo pedido de mercancía.
Para Clientes no clasificados por Rijk Zwaan Ibérica, S.A., los pedidos inferiores a 601 € serán contra reembolso y a portes debidos.
Los Clientes que no tengan cuenta abierta con Rijk Zwaan Ibérica, S.A., y que efectúen por primera vez un pedido deberán hacer efectivo el pago del importe de la mercancía en el momento de cursar el pedido o contra reembolso de la misma.
Si el material se suministra por entregas parciales, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. podrá facturar cada parte por separado.
Rijk Zwaan Ibérica S.A. no acepta devoluciones de los pedidos servidos o expedidos. Toda modificación del pedido demandada por el Comprador se tomará en consideración únicamente cuando ésta se haga por escrito dirigida a Rijk Zwaan Ibérica, S.A. antes de la expedición, envío o remisión de los productos.
Artº 7.- Expediciones: Datos de los Clientes.
Es indispensable que los Clientes indiquen su dirección completa, dirección de la recepción de la mercancía y la de facturación, si fuesen diferentes. A falta de tales datos o indicaciones, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. actuará como crea más conveniente para su Cliente, sin que de ello se derive responsabilidad alguna para la parte Vendedora.
Artº 8.- Obligaciones del Comprador a la recepción de la mercancía.
Los Compradores deben examinar, a la recepción de la mercancía, el contenido del envío, comprobar que le llega en perfecto estado, y que los precintos de la marca están intactos, mostrando si procediese su conformidad al mismo.
Artº 9.- Responsabilidad del transportista.
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. no se hace responsable del deterioro, pérdida, retraso u otra contingencia imputable al transportista, sea cual sea el medio de transporte utilizado, por lo que deberán ser los Compradores quienes formulen las reclamaciones oportunas al transportista antes de la aceptación de las mercancías o admitírselas con las reservas necesarias.
Artº 10.- Reclamaciones.
Sin perjuicio de las acciones a ejercitar por el Comprador frente al transportista, las reclamaciones que se tengan que realizar a Rijk Zwaan Ibérica, S.A. deberán atenerse a las siguientes reglas:
- Las reclamaciones relativas al aspecto exterior deberán realizarse en los seis días siguientes al de la recepción.
- Las reclamaciones referentes a la facultad germinativa y a la pureza específica deberán hacerse dentro de los 30 días siguientes a aquel en que haya tenido lugar la recepción de la mercancía.
En caso de conflicto permanente entre las partes sobre germinación, autenticidad de tipo, pureza de la variedad, pureza o salud técnica, puede realizarse una valoración a petición o del comprador y/o de la parte Vendedora al Naktuinbouw (ISTA station), en Roelofarendsveen, Los Países Bajos, o a otro organismo independiente y objetivo según lo convenido por el comprador y la parte Vendedora, cuyo coste será soportado por la parte perdedora. En caso de conflicto sobre salud, se aplicarán métodos aceptados por ISHI (International Seed Health Initiative) . El comprador, en caso de acudir a un organismo nacional, para demostrar que ha existido un problema varietal en las semillas debe presentar el oportuno test o ensayo realizado por el Instituto Nacional de Semillas y Plantas de vivero. El resultado de la valoración será obligatorio que lo acaten ambas partes, a pesar del derecho de las mismas a presentar a las autoridades referidas en el artículo 16, cualquier controversia sobre las consecuencias de este resultado.
Además, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. no será responsable en todo caso de los daños y perjuicios causados por un supuesto retraso en la entrega de mercancías.
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. no garantiza que las mercancías entregadas por la Compañía al comprador cumplan con el propósito al que el comprador las pone.
En caso de reclamaciones justificadas, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. concederá una bonificación que en ningún caso podrá ser superior al valor del producto reclamado.
RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. aportará todos sus cuidados y esfuerzos con el fin de expedir o entregar a su Clientela semillas de especie verdadera, de buena germinación conforme a la reglamentación y usos del comercio de semillas. Aunque, las diferentes indicaciones mencionadas en el catalogo de Rijk Zwaan Ibérica, S.A. sobre descripciones, indicaciones varias de cultivo, consejos técnicos, etc. se hacen a título meramente informativo, ya que estas pueden variar según las regiones, el medio ambiente, variaciones del clima, las costumbres de los productores, las condiciones de manejo, etc.
Artº 11.- Garantía y responsabilidad.
La garantía se encuentra comprendida dentro de los límites indicados en el Reglamento General de Control y Certificados de Semilla y Plantas de Vivero de fecha 23 de Mayo de 1986 (B.O.E. de 6 de Junio de 1986).
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. quedará libre de toda responsabilidad:
a) Si el Comprador modifica las mercancías y/o reemplaza, modifica o estropea el embalaje original de Rijk Zwaan Ibérica, S.A.
b) Si el Comprador procede a un tratamiento de las mercancías (calibrado, pildorado, coating, desinfecciones, pregerminación) sin autorización expresa de Rijk Zwaan Ibérica, S.A.
c) Si el Comprador hace que las mercancías se utilicen y/o almacenen incorrectamente.
Queda expresamente prohibida al Comprador la utilización de las marcas y el conjunto de criterios respecto de la imagen de marca de Rijk Zwaan Ibérica, S.A.
Rijk Zwaan Ibérica S.A., no se responsabiliza en ningún caso de los resultados que se deriven de la puesta en práctica de las especificaciones y recomendaciones que figuren en sus publicaciones (catálogos, folletos, anuncios, etc.), al intervenir en este proceso gran cantidad de factores externos al propio comportamiento intrínseco de la variedad como las condiciones climáticas o los diferentes usos agrícolas.
En todo caso si el usuario tiene dudas sobre la influencia de las condiciones locales en el desarrollo de una variedad, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. recomienda realizar una producción de ensayo a pequeña escala.
Bajo ninguna circunstancia Rijk Zwaan Ibérica será responsable de cualquier daño suplementario, cuantificable o emergente (que incluye pero no se limita a la pérdida de beneficios, clientela, ganancias, producción, contratos u oportunidades).
Artº 12.- Precio y forma de pago.
El precio de los productos será el indicado en la tarifa de precios que se encuentre en vigor en el momento de aceptación del pedido por parte de Rijk Zwaan Ibérica, S.A. No obstante, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. se reserva el derecho a modificar los precios sin previo aviso. Cada nuevo precio modificado sustituye al anterior en relación a los pedidos cursados con posterioridad a dicha modificación. Los precios indicados en la tarifa vigente se consideran al contado y no incluyen el IVA o IGIC.
El pago debe hacerse efectivo puntualmente, esto es, en la fecha indicada en la factura. Los pagos que se realicen fuera del vencimiento acordado, devengarán a favor de Rijk Zwaan Ibérica, S.A. un interés del 0’75% mensual sobre el importe exigible. Serán también por cuenta del Cliente los gastos financieros y bancarios que la demora produzca.
Si se observa voluntad de no efectuar el pago o en caso de liquidación, quiebra o concurso de acreedores por parte del comprador, Rijk Zwaan Ibérica, S.A. podrá interrumpir o suspender la expedición o suministro de los pedidos pendientes o en curso, o cualquier acuerdo con el comprador, y reclamar judicialmente ante el Juzgado o Tribunal competente el pago de los importes correspondientes a los pedidos ya servidos, tanto vencidos como no vencidos o pendientes de vencimiento.
La reclamación o reclamaciones que pueda efectuar el Comprador no serán en ningún caso causa que justifique el retraso o la negativa de pago a Rijk Zwaan Ibérica, S.A.
Artº 13.- Reserva de dominio.
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. se reserva el dominio de las mercancías expedidas y a él seguirá perteneciendo su titularidad hasta que se produzca el pago completo del precio pactado.
En el conjunto de su actividad, el adquiriente está autorizado a revender dichos bienes pero nunca podrá darlos en prenda o transferir la posesión a título de garantía. En el caso de reventa, el primer adquiriente se compromete expresamente a pagar inmediatamente el saldo del precio de venta que adeude a RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. Asimismo, en caso de reventa el Comprador queda expresamente obligado a exigir a su Cliente o Clientes la aceptación de la correspondiente cláusula de reserva de dominio a favor de RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A.
Las mercancías sujetas a las presentes Condiciones Generales de Venta, no podrán ser transformadas por el Comprador. En caso de embargo u otra intervención judicial sobre las mercancías vendidas, el adquiriente (Comprador) pondrá ese hecho inmediatamente en conocimiento de Rijk Zwaan Ibérica, S.A.
Artº 14.- Acceso a las dependencias é inspección de actividades del comprador.
El Comprador está obligado a permitir a RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. o a la persona por él designada el acceso directo a sus invernaderos y dependencias, así como a permitir que RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. , por si o por medio de mandatario o representante, pueda inspeccionar sus actividades en el caso de que exista sospecha de que se estén produciendo actos de reproducción ilegal o propagación de la mercancía comercializada por RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. . Dentro del término “Actividades” se comprende también cualquier acto que sea llevado a cabo por un tercero designado por el Comprador.
Rijk Zwaan Ibérica, S.A. también puede solicitar autorización para el acceso directo de la Administración en relación con acciones de propagación de su mercancía.
Artº 15.- Propiedad intelectual.
Cualquier oferta o acuerdo que se alcance entre Comprador y Rijk Zwaan Ibérica, S.A. no implica ni puede ser interpretado en ningún caso como licencia implícita al Comprador sobre la propiedad intelectual del producto ofrecido o vendido.
La venta de mercancía por Rijk Zwaan Ibérica no transmitirá en ningún caso licencia alguna bajo ninguna patente relativa a los productos o a su composición, y el Comprador asume expresamente todos los riesgos de infracción de patente por razón de su uso o venta de producción, individualmente o en combinación con otros materiales o en alguna operación de elaboración en algún proceso.
El Comprador acuerda que Rijk Zwaan tiene el derecho exclusivo, la propiedad y los intereses que se deriven de los nombres comerciales, marcas e imagen corporativa (en las que se incluyen los diseños y colores) que ésta utilice.
El Comprador no usará la marca, nombre comercial e imagen corporativa de Rijk Zwaan Ibérica con ningún objetivo a menos que ésta última lo autorice por escrito.
Bajo ninguna circunstancia el Comprador utilizará los productos y/o sus componentes y/o su material de recolección de cualquier manera a fin de multiplicarlos y/o reproducirlos.
El Comprador cooperará completamente en la defensa de los derechos de Rijk Zwaan Ibérica en caso que éstos se vean violados.
Artº 16.- Lugar de celebración del contrato, fuero y jurisdicción.
Por el solo hecho de hacer un pedido a Rijk Zwaan Ibérica, S.A. , se entenderá que el Comprador acepta íntegramente las presentes Condiciones Generales de Venta (C.G.V.) y que para cualquier discrepancia sobre la interpretación o cumplimiento del contrato, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, se somete expresamente también a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Almería, ya que en todo caso la venta se entiende formalizada en dicha ciudad.
Artº 17.- Envases y residuos de envases.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 11/1997 y el artículo 18 del Reglamento que la desarrolla, el poseedor final de los envases será el responsable de su entrega para su debida y correcta gestión ambiental.
Artº 18.- Fuerza Mayor.
La Compañía no estará sujeta al Comprador de ningún modo, ni se considerará que se encuentra en incumplimiento de Contrato, debido a cualquier retraso en el cumplimiento o algún fallo para llevar a cabo alguna de las obligaciones de la Compañía según el Contrato, si el retraso o interrupción se debiera a cualquier causa de Fuerza Mayor.
El término “Fuerza Mayor” se considera que significa circunstancias ajenas a la voluntad de RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. que dificultan el cumplimiento del acuerdo.
VENTA DE SEMILLAS POR METRO CUADRADO
Cantidad
La cantidad de semillas a comprar se determinará tras consultar al asesor de producción de la parte Vendedora y del cliente. Esta cantidad se mencionará en la hoja de pedido. Para determinar la cantidad de semillas, primero se determinará el número de metros cuadrados sobre las que el cliente cultivará plantas. Dicho número se mencionará también en la hoja de pedido. El punto de partida será una cantidad máxima de 2,5 (dos plantas y media) por metro cuadrado, a menos que RIJK ZWAAN IBERICA, S.A. y el comprador explícitamente acuerden otra cosa, que se mencionará en la hoja de pedido. Una desviación del mencionado punto de partida podría tener consecuencias para el precio por metro cuadrado neto.
Pago
1. El precio por metro cuadrado neto incluido en la hoja de pedido tiene validez para un periodo de cultivo como se indica en la hoja de pedido. “Neto” significa que sólo la superficie que se puede utilizar para la producción de plantas, se tendrá en cuenta para la determinación del número de metros cuadrados.
2. La facturación por la cantidad que corresponde de semillas, tendrá lugar en un plazo a la entrega.
Uso de las semillas
1. El Cliente utilizará las semillas sólo para una producción de plantas sobre el número de metros cuadrados y en el periodo de cultivo incluido en la hoja de pedido. En caso de que una variedad se cultive en más metros cuadrados que los acordados, el cliente pagará a la parte Vendedora el doble del precio tal y como se menciona en el artículo 17 por cada metro cuadrado que exceda el número de metros cuadrados acordados. En caso de que las semillas permanezcan tras el periodo en el que las plantas se han cultivado, la parte Vendedora recolectará estas semillas.
2. Al Cliente no le está permitido proporcionar las semillas o algún otro material de una variedad en cualquier forma a terceros. Sin embargo, al cliente se le permite suministrar las semillas a un semillero si i) el semillero sólo utiliza las semillas para cultivar plantas tiernas para el cliente según el número de metros cuadrados y periodo de cultivo incluidos en la hoja de pedido y ii) el semillero entrega al cliente todas las semillas restantes y todas las plantas tiernas que se cultivaron fuera de las semillas.
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
“En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos de carácter personal facilitados por el Comprador formarán parte del fichero de Clientes de Rijk Zwaan Ibérica, S.A., cuyos fines son el mantenimiento de la relación contractual, el control y gestión de las ventas y sus correspondientes cobros. RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. tratará dichos datos con la máxima confidencialidad, y se compromete a no utilizarlos con un fin distinto a aquel para el que han sido recabados, así como a conservarlos con las debidas medidas que garanticen su seguridad y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. se compromete a guardar secreto profesional respecto de los referidos datos personales, incluso una vez finalizada la relación contractual.
El Comprador autoriza a RIJK ZWAAN IBÉRICA, S.A. a conservar sus datos durante un periodo de cinco años una vez cumplida la prestación contractual.
El Comprador tiene la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una comunicación por escrito a Rijk Zwaan Ibérica, S.A., Paraje El Mamí, Ctra. Viator, 04120, La Cañada, Almería.”
Hay que definir los términos que describen la reacción de las plantas frente a plagas, enfermedades y estrés abiótico para la industria de Semillas Hortícolas. (International Seed Federation Mayo 2005)
1. Preámbulo
Existen diferentes grados de especificidad en las relaciones entre las plantas y las plagas o agentes patógenos. La identificación de esta especificidad requiere generalmente el uso de métodos de análisis altamente elaborados. Es posible detectar si una planta sufre una plaga o enfermedad o no, dependiendo del método de análisis empleado. Es importante en general subrayar que la especificidad de una plaga o enfermedad puede variar en el tiempo y en el espacio, que depende de factores medioambientales y que pueden surgir nuevos biotipos de plagas o razas de enfermedades capaces de superar una resistencia.
2. Definiciones
Inmunidad: no objeto de ataque o infección por una plaga o enfermedad específica.
Resistencia: es la capacidad de una variedad para limitar el crecimiento y desarrollo de una plaga o enfermedad específica y/o el daño que éstas causan en comparación con variedades sensibles, bajo condiciones medioambientales y presiones de plaga o enfermedad similares. Las variedades resistentes pueden mostrar algunos síntomas o daños de la enfermedad bajo una fuerte presión de la plaga o enfermedad.
Se definen dos niveles de resistencia:
Resistencia Alta/Estándar (HR*): variedades que en un alto grado limitan el crecimiento y desarrollo de la plaga o enfermedad específica bajo una presión normal de la enfermedad o de la plaga, en comparación con variedades sensibles. Sin embargo puede que estas variedades muestren algunos síntomas o daños de la enfermedad bajo una fuerte presión de la plaga o enfermedad.
Resistencia Moderada/Intermedia (IR*): variedades que limitan el crecimiento y desarrollo de la plaga o enfermedad específica, pero pueden mostrar una mayor cantidad de síntomas o daños en comparación con variedades con resistencia alta/estándar. Las variedades moderada/medianamente resistentes mostrarán, de todas formas, unos síntomas o daños de la enfermedad menos severos que las variedades sensibles, cuando se cultivan bajo condiciones medioambientales y/o presión de la plaga o enfermedad similares.
Sensibilidad: es la incapacidad de una variedad para limitar el crecimiento y desarrollo de una plaga o enfermedad específica.
La Sección de Hortícolas de la ISF recomienda que en lo relativo al estrés biótico sus miembros usen los términos inmunidad, alta/estándar o moderada/intermedia resistencia y sensibilidad y eviten el término tolerancia en las comunicaciones con sus Clientes.
Tolerancia: es la capacidad de una variedad para soportar el estrés abiótico sin serias consecuencias para el crecimiento, apariencia y rendimiento. Las compañías de hortícolas continuarán utilizando el término tolerancia para el estrés abiótico.
Por lo que respecta a los códigos de resistencia de Rijk Zwaan Ibérica, S.A., nos gustaría añadir lo siguiente:
Si el código de resistencia de una determinada variedad hace referencia a ciertos biotipos de plagas o razas de patógenos, esto no significa que dicha resistencia sea efectiva para otros biotipos de la misma plaga u otras razas de un mismo patógeno.
Si el código de resistencia de una determinada variedad no hace referencia a biotipos de plagas o razas de patógenos, esto significa que la resistencia es efectiva solamente para ciertos, y no para todos los biotipos de plagas o razas de patógenos.
* Las abreviaturas estándar HR (resistencia Alta/Estándar) e IR (resistencia Moderada/Intermedia) se usarán en todos los idiomas.
Nota relativa a estas definiciones:
El texto en inglés (disponible en www.rijkzwaan.com) prevalece en caso de discrepancias entre la versión en castellano y la versión en inglés.